Última actualización · mayo 2026
Ecotasa (Impuesto de Estancias Turísticas)
Desde el 1 de julio de 2016, el Gobierno de las Illes Balears aplica el Impuesto sobre Estancias Turísticas, regulado por la Ley 2/2016, de 30 de marzo (comúnmente conocido como "ecotasa"). Esta información se aporta con carácter previo a la formalización de cualquier reserva para el conocimiento y aceptación del cliente.
En qué consiste
Es un impuesto autonómico que grava las estancias turísticas en establecimientos alojativos de las Illes Balears (hoteles, apartamentos turísticos, agroturismos, campings, embarcaciones, viviendas de uso turístico, etc.).
Su recaudación se destina íntegramente al Fondo para favorecer el turismo sostenible, financiando proyectos de protección del medio ambiente, recuperación del patrimonio, formación e investigación en el sector turístico.
Quién lo paga y cuándo
El sujeto pasivo es el cliente que realiza la estancia. El importe se abona directamente en el establecimiento alojativo (hotel u otro) a la llegada o durante la estancia, en efectivo o con tarjeta.
La cuantía depende del tipo y categoría del alojamiento, la temporada y el número de noches. Los menores de 16 años están exentos.
Las tarifas vigentes se publican por el Govern de les Illes Balears; puede consultarlas en la web oficial de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).
Importante
La ecotasa NO está incluida en el precio de la reserva mostrado por Mariluz Travel salvo indicación expresa. Es un pago obligatorio que el cliente satisface directamente al establecimiento.
El establecimiento alojativo se reserva el derecho a no permitir la entrada a los clientes que, infringiendo la ley, incumplan el pago de este tributo.
Más información
Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears (BOIB núm. 42, de 2 de abril de 2016) y normativa de desarrollo.
Agencia Tributaria de las Illes Balears: atib.es.